Los gremios establecidos a lo largo del gran desarrollo
de la ciudad de Roma y cuya tarea era la de controlar
las actividades de su propio sector, eran instituciones
que por su naturaleza se encontraban entre el público
y el privado. Por un lado, cuidaban los intereses de su
propia categoría y al mismo tiempo garantizaban
la calidad de sus servicios frente a la autoridad, por
medio de controles y represión de abusos.
Además, tenían que asistir a una población
pobre o en el umbral de la pobreza. Por lo tanto, a lo
largo del siglo XVI, los asociados gozaron de nuevos servicios,
es decir varias formas de atención como asistencia
médica, ayuda en caso de pobreza y una digna ceremonia
fúnebre.
Los gremios se encargaron también de promover el
culto del Santo Protector: en el mismo periodo, de hecho,
se construyeron varias iglesias por encima de otras antiguas
y desaparecidas. Dichas iglesias se convertirían
más tarde en centros de comercio, en punto de referencia,
el corazón del Gremio. Hay todavía muchas
de estas iglesias en Roma, entre las que se destacan:
las iglesias de Santa María de Loreto, de los Panaderos,
Santa María de la Encina de los Carniceros y San
Lorenzo en Miranda de los Boticarios.
El Gremio de los orfebres era el más importante
de su tiempo y fue creada, con mucha probabilidad, en
la segunda mitad del siglo XIII. Unos documentos demuestran
que su actividad había empezado a principios del
siglo XV.
Los documentos que confirman el comienzo de la historia
del Gremio son del 1509 y sin embargo en ese mismo año
los orfebres reorganizaron sus antiguos estatutos y edificaron
la iglesia en la Via Giulia para promover el culto del
Santo Patrón, San Eligio.
De año en año y de siglo en siglo se han
acumulado documentos y escritos emitidos por la Universidad
y que hoy en día forman el Archivo del Collegio.
En el Archivo Histórico se encuentran documentos
desde 1509. Es uno de los pocos archivos históricos
de un gremio en Italia y está completo, desde el
momento que no ha sufrido dispersión de documentos,
ni tampoco parcial; por lo tanto, representa una fuente
muy importante de información de la historia económica
de Roma.
En el se encuentran más de 200 volúmenes
y casi mil documentos diferentes, acumulados con continuidad
desde 1509. Los documentos desde 1870 hasta hoy están
en curso de reorganización por el Ministerio de
la Cultura.
En la colección de documentos se destacan los estatutos
originales que establecen normas para ejercer el arte
de la orfebrería. Los estatutos más antiguos
son de 1509 y se conservan dos manuscritos en pergamino,
de fechas 1550 y 1612. Estos documentos están escritos
en italiano arcaico, aunque un poco más en el primero
algo más “modernizado” en el segundo.
El estatuto empieza con una frase muy preciada se abre
con el elemento más importante: la aprobación
papal, el consenso por parte del Papa Julio II, otorgado
por una la Bula, con que Julio II aprueba los nuevos estatutos
y concede el permiso para construir la nueva iglesia:
“Un loco idoneo per edificare una conveniente ecclesia...
Et in quella adunare et ordinare quelle che risultino
ad onore ed utilità degli orefici et construere
dicta ecclesia nella via Giulia, sub invocazione de sancto
Eligio la quale de mandato nostro se fabbrica apresso
al Tevere con opera assai somptuosa...”. [7]
De la lista de los miembros de la asociación de
la época sabemos que los artesanos procedían
de ciudades diferentes: la mayoría de Roma y los
demás de Florencia, Milán, Génova,
y también de Francia y España. Entre ellos
se destacan Cardosio, Bernardino Passeri y G.Pietro Crivelli.
El estatuto establece los poderes del Gremio, que estaba
encabezado por 5 oficiales, un Camarlengo y 4 Cónsules.
Su tarea principal era la de controlar el mercado de la
orfebrería: se prohibió en absoluto practicar
este arte o tener un taller de orfebrería sin obtener
la autorización previa por la Universidad que,
en virtud de un riguroso examen de idoneidad, otorgaba
una licencia llamada “patente”.
El trabajo en los talleres artesanos se controlaba periódicamente
con inspecciones llevadas a cabo por los Cónsules,
que podían secuestrar los objetos sospechosos,
comprobar la calidad del trabajo y juzgar directamente
los culpables de fraude. Esto sucedía a causa de
la usanza vigente, antes de las reformas que afirmaran
la superioridad del derecho a finales del siglo XVIII,
existía la costumbre regida por el principio medieval
de que cada persona que se juzgara tenía derecho
a ser juzgada por una corte de personas de su misma clase.
De consecuencia, los Cónsules de las artes tenían
el poder de juzgar los fraudes cometidos por los artesanos.
El poder legislativo de los gremios a lo largo del tiempo
demuestra en un documento guardado en el archivo y comúnmente
llamado “Breve”, con que el Papa Pablo V concedió
en 1611 la facultad de rescatar a un condenado a la pena
capital en el día de San Eligio, excepto los condenados
por delitos de homicidio internacional, lesa majestad,
sofisticación, falsificación y herejes.
La concesión de este privilegio a los gremios era
bastante común en aquel tiempo: se cuenta que fueron
los carniceros los que rescataron a Benvenuto Cellini
(en aquel tiempo, a los orfebres no se les había
concedido aún este privilegio).
El estatuto toma una gran importancia por los documentos
referentes a las primeras normas que regulaban la correcta
elaboración del oro y de la plata.
Como el Estado Pontificio no había establecido
normas en este campo, aprovechó las establecidas
por el Collegio se referían relativas al título
de los metales, la selladura y el tipo de pesos que se
debía de utilizar.
La actividad normativa se desempeñó hasta
la unificación del siglo XVII y las normas establecidas
por el estatuto se convirtieron paulatinamente en leyes
oficiales del estado. El estatuto de 1509 se renovó
por primera vez en 1739.
El cargo de Cónsules del Collegio era muy prestigioso
y a menudo eran convocados por la Casa Pontificia de la
Moneda para probar la “calidad de las monedas”
acuñadas antes que se pusieran en circulación.
Desde principios del siglo XV hasta 1870, los orfebres
siguieron ensayando la calidad, ejercieron el control
de la acuñación de la Casa Pontificia de
la Moneda.
Entre los documentos conservados en el archivo destacan
los Registros en los que el Escribano del Collegio registraba
todas las deliberaciones en materia de orfebrería
y el pergamino del Cardinal Camarlengo del Estado Pontificio
(el equivalente del Presidente del Consejo de Ministros
de hoy) que autorizaba a los orfebres a limpiar ellos
mismos el suelo de enfrente a los talleres y de manera
que podían recuperar las limaduras de los metales
o de las piedras que sobraba por filtración o seleccionando
la basura.
El producto de la venta de las limaduras se donaba a la
iglesia de San Eligio.
Otro documento con gran valor histórico es el Registro
de Profesores con “Patente”, licencia que,
además de sus nombres, lleva el número de
la licencia, la dirección del taller, la fecha
de la muerte o de cese de la actividad y unas algunas
observaciones.
El valor del archivo ha sido recuperado gracias a la obra
de los socios de hoy, por su compromiso y su entusiasmo.
Es un recurso, similar a un monumento o una iglesia, pero
también el centro de la memoria histórica
del Gremio.
(extracto de la conferencia pronunciada por la Doctora
Alessandra Kolega, Superintendente Archivera Jefe del
Lazio y encargada de la reorganización del Archivo
Histórico de San Eligio, en la Iglesia de San Eligio,
casa madre de la Universidad y del Nobil Collegio.)
Notas
[7]
El texto es en italiano del siglo XVI. Se puede traducir
al español moderno como “Un lugar idóneo
para construir una iglesia…y en la misma agregar y
organizar las actividades que resulten más beneficiosas
para los orfebres; también construir dicha iglesia
en la Via Giulia, bajo nuestra orden, cerca del río
Tíber, con obras suntuosas y bajo el nombre del protector
San Eligio.”
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