El archivio històrico

Los gremios establecidos a lo largo del gran desarrollo de la ciudad de Roma y cuya tarea era la de controlar las actividades de su propio sector, eran instituciones que por su naturaleza se encontraban entre el público y el privado. Por un lado, cuidaban los intereses de su propia categoría y al mismo tiempo garantizaban la calidad de sus servicios frente a la autoridad, por medio de controles y represión de abusos.

Además, tenían que asistir a una población pobre o en el umbral de la pobreza. Por lo tanto, a lo largo del siglo XVI, los asociados gozaron de nuevos servicios, es decir varias formas de atención como asistencia médica, ayuda en caso de pobreza y una digna ceremonia fúnebre.

Los gremios se encargaron también de promover el culto del Santo Protector: en el mismo periodo, de hecho, se construyeron varias iglesias por encima de otras antiguas y desaparecidas. Dichas iglesias se convertirían más tarde en centros de comercio, en punto de referencia, el corazón del Gremio. Hay todavía muchas de estas iglesias en Roma, entre las que se destacan: las iglesias de Santa María de Loreto, de los Panaderos, Santa María de la Encina de los Carniceros y San Lorenzo en Miranda de los Boticarios.

El Gremio de los orfebres era el más importante de su tiempo y fue creada, con mucha probabilidad, en la segunda mitad del siglo XIII. Unos documentos demuestran que su actividad había empezado a principios del siglo XV.

In questa sede vennero così conservate anno dopo anno, secolo dopo secolo, le carte ed i documenti prodotti dall’università che oggi formano il prezioso archivio del collegio.

En el Archivo Histórico se encuentran documentos desde 1509. Es uno de los pocos archivos históricos de un gremio en Italia y está completo, desde el momento que no ha sufrido dispersión de documentos, ni tampoco parcial; por lo tanto, representa una fuente muy importante de información de la historia económica de Roma.

En el se encuentran más de 200 volúmenes y casi mil documentos diferentes, acumulados con continuidad desde 1509. Los documentos desde 1870 hasta hoy están en curso de reorganización por el Ministerio de la Cultura.

La documentazione dal 1870 in poi è attualmente in fase di riordinamento a cura del Ministero per i beni culturali.

En la colección de documentos se destacan los estatutos originales que establecen normas para ejercer el arte de la orfebrería. Los estatutos más antiguos son de 1509 y se conservan dos manuscritos en pergamino, de fechas 1550 y 1612. Estos documentos están escritos en italiano arcaico, aunque un poco más en el primero algo más “modernizado” en el segundo.

El estatuto empieza con una frase muy preciada se abre con el elemento más importante: la aprobación papal, el consenso por parte del Papa Julio II, otorgado por una la Bula, con que Julio II aprueba los nuevos estatutos y concede el permiso para construir la nueva iglesia: “Un loco idoneo per edificare una conveniente ecclesia... Et in quella adunare et ordinare quelle che risultino ad onore ed utilità degli orefici et construere dicta ecclesia nella via Giulia, sub invocazione de sancto Eligio la quale de mandato nostro se fabbrica apresso al Tevere con opera assai somptuosa...”. [7]

De la lista de los miembros de la asociación de la época sabemos que los artesanos procedían de ciudades diferentes: la mayoría de Roma y los demás de Florencia, Milán, Génova, y también de Francia y España.

Entre ellos se destacan Cardosio, Bernardino Passeri y G.Pietro Crivelli.

El estatuto establece los poderes del Gremio, que estaba encabezado por 5 oficiales, un Camarlengo y 4 Cónsules. Su tarea principal era la de controlar el mercado de la orfebrería: se prohibió en absoluto practicar este arte o tener un taller de orfebrería sin obtener la autorización previa por la Universidad que, en virtud de un riguroso examen de idoneidad, otorgaba una licencia llamada “patente”.

El trabajo en los talleres artesanos se controlaba periódicamente con inspecciones llevadas a cabo por los Cónsules, que podían secuestrar los objetos sospechosos, comprobar la calidad del trabajo y juzgar directamente los culpables de fraude. Esto sucedía a causa de la usanza vigente, antes de las reformas que afirmaran la superioridad del derecho a finales del siglo XVIII, existía la costumbre regida por el principio medieval de que cada persona que se juzgara tenía derecho a ser juzgada por una corte de personas de su misma clase. De consecuencia, los Cónsules de las artes tenían el poder de juzgar los fraudes cometidos por los artesanos.

El poder legislativo de los gremios a lo largo del tiempo demuestra en un documento guardado en el archivo y comúnmente llamado “Breve”, con que el Papa Pablo V concedió en 1611 la facultad de rescatar a un condenado a la pena capital en el día de San Eligio, excepto los condenados por delitos de homicidio internacional, lesa majestad, sofisticación, falsificación y herejes.

La concesión de este privilegio a los gremios era bastante común en aquel tiempo: se cuenta que fueron los carniceros los que rescataron a Benvenuto Cellini (en aquel tiempo, a los orfebres no se les había concedido aún este privilegio).

El estatuto toma una gran importancia por los documentos referentes a las primeras normas que regulaban la correcta elaboración del oro y de la plata.

Como el Estado Pontificio no había establecido normas en este campo, aprovechó las establecidas por el Collegio se referían relativas al título de los metales, la selladura y el tipo de pesos que se debía de utilizar.

La actividad normativa se desempeñó hasta la unificación del siglo XVII y las normas establecidas por el estatuto se convirtieron paulatinamente en leyes oficiales del estado. El estatuto de 1509 se renovó por primera vez en 1739.

El cargo de Cónsules del Collegio era muy prestigioso y a menudo eran convocados por la Casa Pontificia de la Moneda para probar la “calidad de las monedas” acuñadas antes que se pusieran en circulación.

Desde principios del siglo XV hasta 1870, los orfebres siguieron ensayando la calidad, ejercieron el control de la acuñación de la Casa Pontificia de la Moneda.

Entre los documentos conservados en el archivo destacan los Registros en los que el Escribano del Collegio registraba todas las deliberaciones en materia de orfebrería y el pergamino del Cardinal Camarlengo del Estado Pontificio (el equivalente del Presidente del Consejo de Ministros de hoy) que autorizaba a los orfebres a limpiar ellos mismos el suelo de enfrente a los talleres y de manera que podían recuperar las limaduras de los metales o de las piedras que sobraba por filtración o seleccionando la basura.

El producto de la venta de las limaduras se donaba a la iglesia de San Eligio.

Otro documento con gran valor histórico es el Registro de Profesores con “Patente”, licencia que, además de sus nombres, lleva el número de la licencia, la dirección del taller, la fecha de la muerte o de cese de la actividad y unas algunas observaciones.

El valor del archivo ha sido recuperado gracias a la obra de los socios de hoy, por su compromiso y su entusiasmo. Es un recurso, similar a un monumento o una iglesia, pero también el centro de la memoria histórica del Gremio.

(extracto de la conferencia pronunciada por la Doctora Alessandra Kolega, Superintendente Archivera Jefe del Lazio y encargada de la reorganización del Archivo Histórico de San Eligio, en la Iglesia de San Eligio, casa madre de la Universidad y del Nobil Collegio.)

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